El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia contra Hassan El G. por los reiterados abusos sexuales cometidos contra su prima menor de edad entre 2019 y 2022. Durante esos años, el acusado tenía entre 37 y 40 años, mientras que su víctima oscilaba entre los once y los catorce años. En noviembre de 2023, la Audiencia Provincial de Almería ya había sentenciado a Hassan a cinco años y un día de cárcel por abusos sexuales continuados a una menor de 16 años, y a seis meses adicionales por mostrar material pornográfico a una menor, condenas que el TSJA ha ratificado.

Según la sentencia, el acusado aprovechaba los momentos en los que se encontraba a solas con la menor, quien no revelaba los abusos a su padre por temor a desencadenar un conflicto familiar, ya que ambos convivían con los padres y hermanos de Hassan.

El primer incidente ocurrió en 2019, cuando la niña visitó la casa de su primo para celebrar el nacimiento de su hijo. En esa ocasión, Hassan intentó sobornarla con dinero para que le permitiera tocarle los genitales, propuesta que la menor rechazó. Posteriormente, entre 2019 y 2020, cuando la víctima tenía doce años, el acusado, movido por un deseo lujurioso, le mostró un video pornográfico en su teléfono móvil y luego utilizó la mano de la niña para frotarse los genitales.

En enero de 2022, en otro encuentro a solas, Hassan besó a su prima y nuevamente intentó persuadirla para realizar actos sexuales a cambio de dinero, aunque ella logró evadir sus avances.

Estos abusos tuvieron un impacto devastador en la salud mental de la menor, quien desarrolló síntomas de depresión, manifestándose en un estado de ánimo fluctuante entre tristeza e irritabilidad, falta de placer, sentimientos de inutilidad, culpa y desesperanza, además de ansiedad y nerviosismo.

La apelación

La abogada de Hassan El G. argumentó en su recurso que se había vulnerado el derecho de su cliente a la presunción de inocencia y sugirió que la denunciante podría padecer un trastorno de esquizotipia, lo que explicaría sus síntomas.

Sin embargo, los jueces del TSJA descartaron cualquier intención ilegítima por parte de la menor hacia su primo, afirmando que ambos mantenían una buena relación y no había indicios de enemistad o venganza. Los magistrados también rechazaron la posibilidad de que la denuncia tuviera motivaciones económicas, especialmente después de que Hassan informara al padre de la víctima sobre las ausencias de la niña en la escuela, algo que el jefe de estudios del centro ya había comunicado.

Los jueces describieron el testimonio de la menor como «coherente» y destacaron su espontaneidad y los detalles proporcionados. En cuanto a la supuesta esquizotipia, los psicólogos periciales concluyeron que los pensamientos intrusivos recurrentes de la menor eran típicos de víctimas de abusos sexuales y no indicativos de un trastorno de personalidad.

Con base en estos argumentos, el TSJA desestimó el recurso de apelación de la defensa, manteniendo la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Almería. Además de la pena de prisión, Hassan deberá cumplir siete años de libertad vigilada, estará inhabilitado para trabajar con menores y no podrá acercarse ni comunicarse con su prima durante casi una década. También deberá asumir los costos del juicio.