El 16 de noviembre de 2022, a las 03:30 horas, agentes de la Policía Nacional observaron a cinco individuos enfrascados en una discusión en una calle del barrio madrileño de Vallecas. Al intentar mediar en el conflicto, dos de los implicados huyeron, desencadenando una persecución que culminó en una agresión a los funcionarios y su posterior detención, según ha informado Blanca Valdés Mañas en Vozpópuli.
El caso fue llevado ante el Juzgado de lo Penal N.º 15 de Madrid, donde el agresor, un agresor de 24 años, fue condenado a seis meses de prisión por un delito de atentado contra la autoridad, además de una multa de 1.050 euros por un delito de lesiones y otro delito leve de lesiones. Asimismo, se le ordenó indemnizar a los agentes con un total de 4.000 euros.
La agresión tuvo lugar cuando uno de los policías informó al joven de que sería trasladado a la comisaría para su identificación. En ese momento, el acusado intentó huir nuevamente. Tras ser nuevamente detenido, se lanzó contra el agente «con evidente desprecio por la autoridad», según consta en la sentencia. El atacante sujetó al policía por el cuello, intentó derribarlo y propinó puñetazos tanto a él como a otro agente que acudió en su ayuda.
Como consecuencia de la agresión, uno de los funcionarios sufrió una contusión en el hombro derecho, mientras que el otro sufrió una fractura en un dedo de la mano, requiriendo 45 días para su recuperación, de los cuales 30 no pudo trabajar. El Ministerio Público solicitó inicialmente una pena de un año y medio de prisión por el delito de atentado, una multa de 2.400 euros por el delito de lesiones, 720 euros por el delito leve de lesiones y una indemnización total de 2.650 euros para los agentes.
Además, la Fiscalía solicitó que la pena de prisión fuera sustituida por la expulsión del territorio nacional y una prohibición de entrada a España durante cinco años. Sin embargo, la jueza consideró que los hechos estaban probados, a pesar de que el acusado no reconociera las lesiones, y decidió no sustituir la pena de prisión por la expulsión, ya que el artículo 89 del Código Penal establece que para ello se requiere una condena mínima de un año.
Durante el juicio, el agresor de 24 años afirmó que se había identificado cuando los policías se lo pidieron, negando haber atacado a los agentes. Alegó que había huido porque se encontraba bajo un Código 10, es decir, tenía una orden de ingreso en prisión inmediata. Esta versión contrastaba con la de los agentes, quienes reportaron resistencia por parte del acusado y presentaron informes médicos que detallaban las lesiones y los tratamientos recibidos.
Es importante señalar que los agentes no gozan de presunción de veracidad, pero en este caso sus declaraciones fueron coherentes y no presentaron contradicciones. La sentencia destaca la serenidad y objetividad de sus testimonios, que no dejaron dudas sobre su intención de decir la verdad sobre lo sucedido. La jueza impuso finalmente seis meses de prisión por el delito de atentado, considerando que no se cumplían los requisitos para la expulsión del país.
El caso fue llevado por la abogada Carolina Ledesma, de Coraza Legal, quien intentó alcanzar un acuerdo de conformidad que fue rechazado por la defensa. Existía una discrepancia sobre el cálculo de la responsabilidad civil entre el Ministerio Fiscal, que solicitaba una cantidad menor, y la acusación particular, que pedía una indemnización más elevada. Ledesma destacó la estrategia de la defensa, que, a pesar de la negación de los hechos por parte del acusado, solicitó condenas menores aplicando atenuantes, en lugar de pedir la absolución.