El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial contra el gerente de una tetería ubicada en la calle Hospicio de Aranda de Duero, Burgos. El individuo, de nacionalidad marroquí, ha sido condenado a tres años y un día de prisión por un delito de tráfico de drogas. Además de la pena privativa de libertad, deberá hacer frente a las costas del proceso judicial y a una multa de 400 euros, con la posibilidad de cumplir un día de cárcel por cada seis euros no abonados de la multa.

El condenado intentó apelar la sentencia inicial argumentando que la droga incautada era para su consumo personal. Sin embargo, el tribunal desestimó esta alegación basándose en las pruebas periciales realizadas. Un examen toxicológico del cabello del acusado, llevado a cabo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, reveló que había consumido cannabis y tetrahidrocannabinol en los dos meses previos a la toma de la muestra, pero no cocaína, la sustancia hallada durante el registro del establecimiento.

El juez fundamentó su decisión también en las observaciones de los agentes policiales, quienes detectaron comportamientos típicos de la venta de drogas al menudeo. Según el tribunal, «aunque las cantidades de droga encontradas fueran pequeñas, la actividad ilícita de venta no se deduce únicamente de la posesión de las sustancias, sino de otras evidencias, como los testimonios de los agentes que observaron un flujo constante de personas entrando y saliendo rápidamente del local, lo que constituye un claro indicio de tráfico de drogas».

Durante el registro de la tetería, la policía descubrió en el almacén, oculto entre botellas de cerveza, un fragmento de bolsa de plástico con el número 15 escrito. En su interior había cinco bolsitas blancas que contenían 3,27 gramos de cocaína con una pureza del 81%, valorada en 196 euros. También se encontró en el local una báscula de precisión de color gris.

En el momento del registro, el gerente llevaba consigo un trozo de resina de cannabis de 1,69 gramos, con una pureza del 3% y un valor de 9,89 euros. El Tribunal Superior de Justicia concluyó: «Estamos completamente de acuerdo con los razonamientos de la sentencia recurrida al evaluar las pruebas presentadas y las conclusiones obtenidas, que demuestran sin lugar a dudas la participación del acusado en los hechos imputados».