El Tribunal Supremo ha exigido al Gobierno de España que, en un plazo máximo de diez días, asegure la inclusión y permanencia de mil menores extranjeros no acompañados (MENAs) en el Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional. Estos menores, actualmente alojados en servicios de acogida en Canarias y han solicitado asilo.

Asimismo, la misma Sala del Tribunal ha establecido que, dentro de este plazo de diez días, el Gobierno debe informar sobre las medidas que se tomarán para cumplir con este requerimiento. Una vez transcurrido dicho plazo, la Sala evaluará la posibilidad de celebrar una vista pública para verificar el cumplimiento de la medida cautelar adoptada.

Esta medida afecta a aproximadamente mil menores extranjeros no acompañados (MENAs) que se encuentran en Canarias. La decisión del Tribunal Supremo responde a una solicitud del Gobierno de Canarias, que previamente había instado al Gobierno central a tomar medidas para resolver la situación de estos menores.

Tras un análisis conciso de las competencias de ambas administraciones, el Tribunal considera que el sistema estatal de acogida no ha sido adecuadamente implementado para estos menores, quienes, según el Supremo, tienen derecho a dicho sistema. También se ha mencionado que la situación actual de hacinamiento en la que se encuentran los menores es inaceptable y contraria al interés superior del menor, que debe ser protegido a toda costa.

El Tribunal recuerda que tanto la Ley 12/2009 de asilo y protección subsidiaria como el Real Decreto 220/2022, aprobado el 29 de marzo, establecen un sistema integral de acogida para los solicitantes de asilo. Este sistema incluye el derecho a recibir prestaciones sociales específicas, que abarcan servicios sociales y de acogida necesarios para garantizar la satisfacción de sus necesidades básicas en condiciones dignas, según los artículos 18.1.g y 30 de la Ley de asilo.